El BOE ha publicado una intrucción sobre la movilidad de personas con discapacidad, estableciendo que las personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables que necesiten salir por el bien de su salud, pueden hacerlo acompañados. Es recomendable salir con el certificado o tarjeta de discapacidad.
La Instrucción publicada en el Boletín Oficial del Estado por el Ministerio de Sanidad, tiene como objetivo establecer criterios interpretativos con relación a las actividades permitidas y que afectan al libre derecho de circulación de las personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
Así queda recogido en la instrucción que habilita a las personas con discapacidad, que tengan alteraciones conductuales, como, por ejemplo, personas con diagnóstico de espectro autista y conductas disruptivas, el cual se vea agravado por la situación de confinamiento derivada de la declaración del estado de alarma, y a un acompañante, a circular por las vías de uso público, siempre y cuando se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio.
Como medida de precaución, y por si las autoridades solicitaran justificación de motivos para estar en vía pública, es recomendable portar el certificado o tarjeta de discapacidad, la prescripción de un profesional sanitario o social (en caso de disponer de ello), la copia y/o referencia de la instrucción e informes médicos, psicológicos o sociales complementarios en los que se describan las necesidades individuales y/o la existencia de dificultades conductuales (en el caso de disponer de ellos).
Fuente: Plena Inclusión Madrid
Enlace original: https://plenainclusionmadrid.org/noticias/instruccion-permite-desplazarse-discapacidad/